Receta electrónica para afiliado
EN CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 345/2024 DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
OSRJA informa que a partir del 1ro de Julio 2024, comenzará a regir en todo el territorio argentino un período de 180 días para implementar la Ley de Receta Electrónica que implica la adecuación al sistema de plataformas digitales.
La prescripción en papel seguirá vigente hasta diciembre.
Requisitos de validez
La receta electrónica o digital debe cumplir los siguientes requisitos:
- ● Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad, domicilio.
- ● Código de barra
- ● Identificación del paciente: nombre, obra social, plan de la obra social, fecha de nacimiento, DNI, sexo.
- ● Diagnóstico.
- ● Fecha de emisión.
- ● Firma digital profesional.
En el caso de Medicamento: el mismo debe estar identificado por su nombre genérico o denominación común internacional. Debe indicar: presentación, forma farmacéutica y cantidad, puede contener el nombre comercial. Si Ud. padece de Diabetes y otras enfermedades, debe presentar por separado una receta para la medicación por diabetes y otra para el restante de las patologías.
Recuerde que tres (3) medicamentos es el máximo permitido por recetas.