NUEVA DISPOSICIÓN SOBRE RECETAS MÉDICAS

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De acuerdo con la Resolución 2214/2025 (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/328614/20250721 ) del Ministerio de Salud de la Nación, le informamos que a partir del 01/09 se aceptarán únicamente recetas electrónicas/ digitales para todas las indicaciones médicas, tales como:
- Medicamentos
- Estudios y prácticas médicas
- Procedimientos y dispositivos médicos
Todas las prescripciones deberán generarse a través de plataformas digitales debidamente registradas.
Cada receta dispondrá de una Clave Única de Identificación (CUIR) para garantizar su validez y trazabilidad.
La receta digital deberá contener obligatoriamente los siguientes datos:
- Nombre y apellido del/la paciente
- Número de CUIL del/la paciente OBLIGATORIO
- Fecha de nacimiento
- Sexo
- Cobertura (Nombre de la Obra social y plan)
- Detalle de los medicamentos, estudios o procedimientos indicados
- Diagnostico
- Datos completos del profesional prescriptor (nombre, matrícula y especialidad)
- Fecha de emisión
- Clave Única de Identificación de Receta (CUIR)
- Firma digital del profesional
Ejemplo:

IMPORTANTE: Al momento de enviar la receta para su autorización, el/la afiliado/a deberá reenviar el link original que le envía su médico. De esta forma podremos validar la orden.
Para consultas o más información sobre cómo utilizar la receta electrónica, puede comunicarse con nosotros por los canales habituales de atención.
Trabajamos día a día para brindarle un servicio ágil, seguro y moderno.
OSRJA