Servicio Domestico Aportes
RÉGIMEN DE SERVICIO DOMÉSTICO Ley N.º 26.844 Resolución General 3693/14 SRES.
BENEFICIARIOS: Recordamos que para tener acceso a las prestaciones, los aportes de obra social tienen que ser iguales o superiores a la cuota establecida para la categoría 16 o más horas trabajadas semanalmente, tal cual surge de la resolución 3848/16 de la AFIP. Actualmente ese monto es de $6.457,26.
♦ A tener en cuenta: estos montos se actualizan cada año por AFIP ♦
En caso de que su aporte fuera inferior (menos de 16hs semanales de trabajo) deberá aportar la diferencia hasta alcanzar los $6.457,26 mediante el volante de pago F575 de la AFIP correspondientes a pagos voluntarios (Impuesto 302 - concepto 895). INCORPORACIONES FAMILIARES:Usted podrá incorporar a miembros del grupo familiar primario (esposa e hijos) abonando $6.457,26 por cada uno de los integrantes que incluya. El pago deberá realizarse mediante el formulario F575 de la AFIP (Impuesto 302 – concepto 893)